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Buscan crear un Registro de Deudores Alimentarios a nivel nacional: cómo se aplicaría

La iniciativa busca conformar una base de datos unificada en todo el país de quienes adeuden la cuota alimentaria de sus hijos. Estipula sanciones y restricciones para los incumplidores.

La Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción el pasado miércoles al proyecto de ley que crea un Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM) por 225 votos afirmativos y uno negativo.

A través del ReNDAM se buscará conformar una base de datos unificada de los progenitores deudores alimentarios morosos de todo el territorio nacional inscritos en los 24 registros jurisdiccionales que existen en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La centralización de la información garantizará una más rápida resolución respecto a las inhabilitaciones que deben darse luego de la mora en el pago de la cuota alimentaria, con la consecuente reparación a la persona que tenga la custodia del menor de edad.

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La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley del Registro de Deudores Alimentarios por 225 votos a favor y 1 en contra

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley del Registro de Deudores Alimentarios por 225 votos a favor y 1 en contra

Al iniciar el debate de esta semana en Diputados, el presidente de la comisión de Legislación General, Lucas Godoy (FDT) aseguró que "el 70 por ciento de las madres conviven con el hijo o hija", y remarcó que "una de cada cuatro recibe los alimentos como corresponde".

El ReNDAM, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, sancionará a los deudores alimentarios de todo el país y hará que tengan impedimentos para diferentes actividades como la apertura de cuentas bancarias, el otorgamiento de tarjetas de crédito, la solicitud o renovación de la licencia de conducir, así como inscripciones en los registros de la propiedad inmueble y la expedición o renovación del pasaporte.

Asimismo, el proyecto sancionado por la cámara baja dispone que los deudores alimentarios no podrán asistir en carácter de espectadores, a eventos y torneos deportivos masivos, ni a casinos o casas de juego.

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“Es un proyecto de gran importancia porque trata de una de las problemáticas más importantes del derecho de familia, que es la ejecución de la sentencia o del acuerdo que homologó el juez”, destacó Ailén Grimaldi, abogada de Monte Grande, en diálogo con El Diario Sur.

En ese sentido, entrarán en este registro aquellas personas que cuenten con una sentencia firme o convenio homologado judicialmente que determine la obligación de prestar alimentos a sus familiares y que adeuden tres cuotas consecutivas o cinco alternadas.

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Ailén Grimaldi, abogada

Ailén Grimaldi, abogada

“A veces es muy difícil comprobar el patrimonio de los deudores alimentarios, por el nivel de trabajo no registrado que hay. Inclusive hay casos en los que los empleadores los ponen en negro para que no se pueda rastrear lo que tiene el deudor”, aseveró Grimaldi.

“En general la cuota alimentaria representa un 30% de los ingresos, depende de cada caso. Lo que hay que tener en cuenta es que el menor debe tener el mismo nivel de vida que tenía cuando sus progenitores estaban juntos”, continuó la letrada. “Cuidar los derechos de los niños debe ser el objetivo fundamental de esta ley y de cualquier norma del derecho de familia”, finalizó.

“La Justicia tiene que actuar con perspectiva de género”

“La ley va a funcionar si se implementa y se lleva a cabo conforme a lo que dice su texto”, aseguró la abogada Ailén Grimaldi, en contacto con El Diario Sur. “Todos los actores de la Justicia tienen que trabajar con perspectiva de género porque se vulneran sistemáticamente los derechos de las mujeres y de los niños en los conflictos por alimentos”, destacó.

“Hay mucho destrato en este tipo de situaciones. Se trata de personas que están vulneradas por la situación que están pasando, y eso se potencia por el trato de los jueces y de los propios abogados”, afirmó. Y agregó: “También hay que agilizar los procesos, a veces se tarda tanto en dictar la sentencia, que la persona que debía pagar la cuota se desapoderó de todos sus bienes y ahí ya no hay como reclamar”.

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