El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó la pauta salarial para el personal de Planta Permanente sin estabilidad, personal de Gabinete y Personal Jerarquizado Superior comprendidos en la Ley N° 10.430 que no están alcanzados por los convenios de negociación colectiva.
Provincia oficializó el aumento para empleados públicos: cómo quedan los salarios
El Gobierno bonaerense formalizó la pauta salarial para personal no alcanzado por negociación colectiva, con vigencia retroactiva desde diciembre de 2025.
La norma fija los sueldos básicos, los gastos de representación y el valor del módulo para el personal de Gabinete con vigencia retroactiva desde el 1° de diciembre de 2025, el 1° de enero, 1° de febrero, 1° de marzo y 1° de abril de 2026.
Pauta salarial Provincia Buenos Aires: cómo quedan los aumentos
Según detalla el decreto, la actualización replica la política salarial acordada previamente en las negociaciones colectivas para los trabajadores alcanzados por las Leyes N° 13.453 y N° 13.552.
En ese marco, el esquema contempla un incremento retroactivo del 1% respecto de la escala de octubre de 2025, correspondiente a diciembre de ese año. Luego se establece un 2% desde el 1° de enero de 2026, que lleva el incremento acumulado al 3%.
A partir del 1° de febrero de 2026 se incorpora un anticipo del 1,5% a cuenta de futuros aumentos, por lo que el incremento acumulado pasa al 3,5% tomando como referencia diciembre de 2025.
Posteriormente, las negociaciones colectivas acordaron un aumento del 5% desde el 1° de marzo de 2026 y otro 2,5% desde el 1° de abril de 2026, ambos aplicados sobre las escalas de enero de 2026.
De esta manera, la pauta consolidada para el primer tramo del año quedó establecida con los siguientes incrementos:
- 2% desde el 1° de enero de 2026.
- 3,5% desde el 1° de febrero de 2026.
- 8,6% desde el 1° de marzo de 2026.
- 11,1% desde el 1° de abril de 2026.
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Decreto 888/2026: qué establece para el personal de Gabinete y jerarquizado
El decreto dispone que esos mismos porcentajes se apliquen al personal que no participa de las negociaciones colectivas, incluyendo al personal de Planta Permanente sin estabilidad previsto en el artículo 107 de la Ley N° 10.430 y al Personal Jerarquizado Superior.
Además, actualiza el valor del módulo correspondiente al personal de Gabinete, conforme a los anexos que forman parte integrante de la norma.
En sus artículos finales, el decreto establece que la medida será refrendada por los ministros de Economía y de Gobierno y dispone su comunicación al Instituto de Previsión Social, al Fiscal de Estado, a la Contaduría General de la Provincia y demás organismos correspondientes.



