El Gobierno nacional dispuso la disolución del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) y la creación de dos nuevas obras sociales diferenciadas: una para las Fuerzas Armadas y otra para las Fuerzas Federales de Seguridad. La medida fue establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 88/2026, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Decreto nacional: se divide la obra social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad
El Gobierno separó la cobertura sanitaria de Fuerzas Armadas y de Seguridad y fijó un plazo de transición de hasta un año por decreto.
La norma crea la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Defensa, y la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), que dependerá del Ministerio de Seguridad Nacional. Ambas tendrán carácter de entes autárquicos, con personería jurídica propia.
Según pudo saber El Diario Sur a partir del testimonio de un integrante de las Fuerzas Armadas, vecino de Ezeiza, la decisión genera preocupación entre los afiliados. “Esto ya pasó de estar en manos de los militares a los civiles y ahora vuelve otra vez a manos de los militares”, señaló.
La fuente explicó que uno de los principales problemas es la cobertura territorial. “En el Conurbano prácticamente no tenemos cobertura. Para muchas prestaciones hay que irse a Capital y, aun así, el sistema no funciona bien”, afirmó. Según indicó, esa situación se viene arrastrando desde hace tiempo y genera dificultades para acceder a turnos, estudios y tratamientos médicos.
IOSFA, Fuerzas Armadas y Fuerzas Federales
El texto oficial señala que el IOSFA integraba en una única estructura la cobertura del personal de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas federales Prefectura Naval Argentina y Gendarmería Nacional Argentina. El Gobierno consideró que estas últimas presentan características funcionales y laborales distintas, al depender del Ministerio de Seguridad Nacional y no del Ministerio de Defensa.
En ese marco, el decreto establece la disolución y posterior liquidación del IOSFA, con transferencia total de sus activos y personal a la OSFA. El personal de Prefectura y Gendarmería que actualmente presta funciones en el IOSFA deberá regresar a sus organismos de origen.
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Transición y continuidad de la cobertura de salud
La norma fija un período de transición de hasta 365 días corridos desde la entrada en vigencia del decreto. Durante ese plazo se garantizará el traspaso progresivo de los afiliados y la continuidad de la cobertura médico-asistencial, especialmente para quienes se encuentren en tratamientos que no puedan interrumpirse.
El Ministerio de Defensa tendrá un plazo de 60 días para notificar la transferencia definitiva de los afiliados de las Fuerzas Armadas a la OSFA, mientras que el Ministerio de Seguridad Nacional contará con 180 días para hacer lo propio con los afiliados de las Fuerzas Federales hacia la OSFFESEG.
Organización y control de las nuevas obras sociales
La OSFA será conducida por un directorio integrado por representantes de cada Fuerza Armada, con presidencia rotativa. En el caso de la OSFFESEG, el directorio estará compuesto por cinco miembros. El Poder Ejecutivo deberá aprobar la estructura orgánica, el régimen de recursos humanos, el sistema de compras y contrataciones y los mecanismos de control de ambas entidades.
Para supervisar el proceso de disolución del IOSFA, se designará un administrador con asesoramiento de una comisión especial integrada por representantes de los ministerios de Defensa, Seguridad, Salud y Economía, con control de la Sindicatura General de la Nación.
El decreto entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso para su tratamiento.



